D-Superior
El reconocimiento de hijo como acto jurídico
El reconocimiento de hijo es un acto jurídico de derecho familiar, unilateral, irrevocable y sujeto al requerimiento de veracidad; no es una gracia ni un acto arbitrario.
Leer más …Información jurídica
El reconocimiento de hijo es un acto jurídico de derecho familiar, unilateral, irrevocable y sujeto al requerimiento de veracidad; no es una gracia ni un acto arbitrario.
Leer más …Impugnar la maternidad, el artículo 219 del Código Civil legitima a los herederos de la madre putativa y el artículo 337 a los demás terceros perjudicados en su derecho a suceder.
Leer más …Impugnar la maternidad. El artículo 219 del Código Civil regula la impugnación que pueden promover los herederos, con un término de 140 días y una causal de cesación ...
Leer más …Indicios y contraindicios: una ponderación obligatoria. No basta la existencia de otras pruebas en calidad de contraindicios para desestimar la simulación ...
Leer más …El interés para obrar da al titular de un crédito exigible (quirografario o respaldado con garantía real) tendrá interés en la reconstitución del patrimonio de su deudor, si es que los bienes que permanecen…
Leer más …La responsabilidad de os administradores implica responder solidaria e ilimitadamente de los perjuicios que por dolo o culpa causen a la sociedad, a los socios o a terceros ...
Leer más …Los deberes de los administradores no son fines en sí mismos: todos sirven al interés de la sociedad. La Corte Suprema ha reiterado que los administradores “deben actuar con lealtad, buena fe y diligencia…
Leer más …Los administradores. Tienen el encargado de la gestión permanente de los asuntos sociales. Pero ¿quién tiene ese carácter, hasta dónde llegan sus facultades y con qué libertad puede ser removido?
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