El tema y el objeto de la prueba
E
l tema de la prueba enseña el propósito que se busca dentro de una contienda judicial. El cual no es otra que cosa que lo que se quiere probar, de acuerdo a la exigencia del derecho subjetivo.
El derecho de acción materializa el problema jurídico en una pretensión fundada en los supuestos fácticos de lo acaecido. Pero ese propósito de reconocimiento “querer probar” está dirigido a la demostración de los hechos; lo que se denomina el objeto de la prueba.
La necesidad probatoria
Toda decisión judicial debe estar fundada en el examen crítico de los medios probatorios. La motivación de la sentencia deberá limitarse al examen crítico de las pruebas. Bajo una explicación razonada de las conclusiones sobre ellas (CGP art. 280).
El examen y apreciación de los medios probatorios en la forma crítica se realiza según lo ordenado en el artículo 176 del Código General del Proceso. Pero es de suma importancia que en su recaudo no se haya trasgredido las formas legales o normas de linaje constitucional.
Nulidad de la prueba
El debido proceso es un derecho constitucional previsto en el artículo 29 de la Constitucional Política. Recogido, como principio del derecho probatorio, en los artículos 14 y 165 del Código General del Proceso. Con fundamento en los cuales el nula de pleno derecho la prueba objetiva con violación del debido proceso. Los textos son los siguientes
CGP art. 14 “El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones previstas en este código. Es nula de pleno derecho la prueba obtenida con violación del debido proceso.”
CGP art. 164. “Toda decisión judicial debe fundarse en las pruebas regular y oportunamente allegadas al proceso. Las pruebas obtenidas con violación del debido proceso son nulas de pleno derecho.”
Pruebas ilícitas y pruebas ilegales
Con fundamento en los anterior la jurisprudencia* definición que una prueba es ilícita cuando se comprometen derechos fundamentales. Es ilegal si no se observan las normas de estirpe legal. Así se expuso:
“Las pruebas ilícitas comprometen derechos de raigambre fundamental respecto de las partes o intervinientes en el juicio, mientras que las pruebas ilegales inobservan normas de estirpe legal ya sea en su decreto, producción, o valoración”.
*CSJ, Sala de Casación Civil, Sent. STC12699-2016