Cláusula de exclusividad laboral
Coexistencia de contratos E l artículo 26 del Código Sustantivo del Trabajo, permite que un trabajador celebre contratos de trabajo con dos o más patronos, salvo que se haya pactado la exclusividad de servicios en favor de uno sólo. Sin embargo, el pacto de no concurrencia de laborar para un solo patrono debe estar referido…