Los bienes muebles e inmuebles

Las cosas corporales e incorporales adquieren la condición de bienes si son susceptibles de apropiación personal y la ley no lo prohíbe Los bienes consisten en cosas corporales o incorporales por los sentidos, como una casa, un libró. Incorporales, las que consisten en meros derechos, como los créditos y las servidumbres activas (C. C. art.…