La sociedad patrimonial

Nacimiento y disolución “(…) la adquisición de uno o varios de los inmuebles o muebles que hacen parte de ese activo social, será responsabilidad exclusiva, se insiste, de quien la contrajo en vigencia de la sociedad”[1] De a sociedad conyugal El artículo 180 del Código Civil señala que por el hecho del matrimonio se contrae sociedad…