El derecho procesal y la jurisdicción
L
l derecho es producto de la necesidad social. Por virtud del cual se regulan las relaciones de la sociedad (derecho positivo), con un propósito ineludible, la paz social y la convivencia pacífica. Como lo establece el preámbulo de la Constitución Política colombiana:“asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo”
El derecho procesal suple la necesidad jurídica que se requiere como una herramienta de solución de conflictos. Cuando estos han sido agredidos por terceros y requiere la tutela estatal.
Constituye la disciplina que contiene las reglas procedimentales que han de servir para la solución de las controversias. En observancia del derecho sustancial y la corrección de este.
Finalidad de la jurisdicción
Fue instituta como un órgano estatal. Como la máxima expresión de la soberanía en virtud de la cual se concreta la solución de los problemas jurídicos; en ella subyace la expectativa de la paz social.
Se busca la eficacia del derecho objetivo y permitir que los ciudadanos hagan uso de la facultad subjetiva y procuren la solución y reconocimiento de sus derechos.
Características de la jurisdicción
- Permanente
La permanencia tiene que ver con la protección de los intereses de los asociados; siempre debe estar dispuesta y al servicio específico para solucionar los conflictos.
- La imparcialidad
El Estado como titular de la jurisdicción no puede inmiscuirse en los intereses de los asociados, su posición es neutral como medio de solución de las controversias entre los asociados.
- Coercitiva
La fuerza vinculante de la jurisdicción reside en las decisiones que se adoptan para la solución del conflicto, éstas deben tener la posibilidad de cumplimiento forzado para que la tutela de los derechos sea eficaz.
Elementos de la jurisdicción
- Subjetivo
El Estado es el titular de la jurisdicción, pero no es posible que, como ente abstracto, por sí mismo, desarrolle y lleva a cabo el cometido estatal de solución de las controversias. Para ello debe designar agentes que se ocupan de dicha tarea, como, en efecto, lo establece el artículo 116 de la Constitución Política. Así, ejercen funciones judiciales:
i) La Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, la Fiscalía General de la Nación, los Tribunales y los Jueces, administran Justicia. También lo hace la Justicia Penal Militar.
ii) El Congreso ejercerá determinadas funciones judiciales.
iii) Excepcionalmente las autoridades administrativas y, transitoriamente, los particulares en la condición de jurados en las causas criminales, conciliadores o en la de árbitros.
- Objetivo
Está integrado por los problemas jurídicos sobre los cuales recae la fuerza vinculante del derecho objetivo, par que tenga lugar la función jurisdiccional.
- Finalidad
Hace parte de la seguridad jurídica que la jurisdicción proporcional a los asociados en busca de la paz social, y por ello debe propender por la eficacia en la aplicación del derecho en todas las controversias jurídicas, en búsqueda del orden justos.