El exequátur
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s un procedimiento legal que permite que las sentencias extranjeras sean reconocidas y ejecutadas en un país distinto al que fueron dictadas. En Colombia, este mecanismo se contempla en el Código General del Proceso y en leyes internacionales sobre el reconocimiento de sentencias. Como la Convención de Nueva York de 1958, que regula la ejecución de sentencias arbitrales extranjeras.
- Soberanía y Exequátur
- Soberanía: En primer lugar, se destaca la soberanía de los Estados, que se expresa en el hecho de que los tribunales nacionales son los encargados de administrar justicia dentro de su territorio. No obstante, esta soberanía se ve matizada en el contexto del Derecho Internacional Privado. Dada la interconexión global, el tráfico internacional de bienes y servicios y las políticas de integración. Para facilitar la ejecución de sentencias extranjeras, muchos países, incluyendo Colombia, han firmado tratados internacionales y adoptado normativas internas que permiten el reconocimiento y ejecución de sentencias de otros países.
- Exequátur en Colombia: En Colombia, la institución del exequátur es esencial para autorizar la ejecución de sentencias extranjeras, especialmente aquellas que provienen de tribunales internacionales o arbitrajes fuera del territorio colombiano (CSJ, Sala Civil, Sent. SC11704.2016/2013-02919).
2. Reciprocidad y Exequátur
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