El contrato de arrendamiento
Pago de reparaciones.
Contrato de arrendamiento. Pago de reparaciones. El arrendador no tiene la obligación de pagar al arrendatario el costo de las reparaciones hechas en la cosa arrendada cuando el menoscabo que se repara no ocurre después de celebrado el contrato y durante el arrendamiento, sino que ocurre de un modo manifiesto antes de constituirse aquel, pues en tal se supone que el arrendatario quiso la cosa en el estado en el que se encontraba. CAS. 25-11-1892 VIII 77
Perturbado en el goce de su arrendamiento
Contrato de arrendamiento- renta de licores. Arrendatario perturbado en el goce de su arrendamiento por causa de una guerra, no tiene derecho de pedir indemnización de perjuicios del arrendador, pues esto debe considerarse como caso fortuito que el Gobierno no puede impedir. CAS. 24-11-1890 V 349
Resolución de pleno derecho.
Contrato de arrendamiento. Resolución de pleno derecho. Si los contratantes estipulan que el no pago del precio en la forma convenida, equivale a la terminación del contrato, éste queda resuelto de pleno derecho desde que el arrendatario no paga la renta en los plazos convenidos. CAS. 31-05-1892 VII 241
Condición resolutoria expresa.
Contrato de arrendamiento. Condición resolutoria expresa. Si se estipula que la falta de pago da lugar a la rescisión, ésta cláusula no tiene otro sentido que resolver el contrato de pleno derecho. CAS. 19-04-1893 VIII 252
Indemnización costo mejoras
Contrato de arrendamiento. El arrendador no está obligado a indemnizar al arrendatario el costo de las mejoras útiles hechas por él después de contestada la demanda sobre terminación del arriendo, aunque se haya comprometido a indemnizar mejoras admitiéndolas como pago del arrendamiento o a cuenta de él. Para ello sería preciso que expresamente se hubiere pactado sobre dichas mejoras. CAS. 14-08-1923 XXX 125
Reparación perjuicios
Arrendatario. Su responsabilidad por perjuicio de la cosa arrendada. NEG.GEN. 06-09-1950 LXVIII 384
Elementos esenciales
Contrato de arrendamiento. Elementos esenciales. Artículo 1501C.C. Definición. Artículo 1973 Código Civil. Estipulación del precio. Precio determinado o determinable. Artículo 2001. Responsabilidad del arrendador. Artículo 2019 C.C. CAS.CIV. 25-02-1976 CLII 40
Corrección monetaria
Cláusula de valor constante. Los particulares en sus negocios jurídicos, pueden acordar o insertar cláusulas de ajuste o corrección monetaria, con excepción de algunos contratos como el de arrendamiento de predios urbanos, de venta de artículos de primera necesidad y todos aquellos que se encuentran controlados e intervenidos en el precio y pago de obligaciones dinerarias. CAS. CIV. 24-04-1979 CLIX 99
Alcance de los acuerdos de los contratantes
Contrato de arrendamiento. Cláusulas contractuales. Alcance de los acuerdos de los contratantes. Diferentes cláusulas de vigilancia. Definición y características de cada una de ellas. CAS. CIV. 10-12-1999 Exp. 5277
Responsabilidad - desahucio
Responsabilidad contractual – derivada del incumplimiento de la finalidad indicada en el desahucio – Contrato de arrendamiento de local comercial – condiciones para la procedencia del derecho de renovación – Local comercial – Establecimiento de comercio – derecho de renovación – del contrato de arrendamiento de local comercial
– Renovación – Derecho al desahucio – elemento de protección del establecimiento de comercio – Desahucio – Restitución del local comercia l- derechos de preferencia e indemnizatorio – Derecho de preferencia – Derecho indemnizatorio – Restitución voluntaria de local comercial – derecho indemnizatorio –Lucro cesante – diferencia entre el ingreso neto y las utilidades – Perjuicio – Intereses moratorios – obligación de pagarlos con ocasión de la mora en todas las obligaciones mercantiles de carácter dinerario – obligación – pago de intereses – Tipo de interés. Sentencia 0184. 24-09-2001. Exp.
5876.
Terminación unilateral
Terminación unilateral de contrato de arrendamiento de bien comercial- PRUEBA DOCUMENTAL-valoración de la sentencia presentada sin autenticar- CONGRUENCIA DE LA SENTENCIA-reconocimiento de oficio de un hecho extintivo del derecho sustancial ocurrido después de haberse propuesto la demanda- INCONGRUENCIA OBJETIVA – omisión para resolver sobre lo que debía proveer de oficio- COSA JUZGADA-análisis de la oscura identidad entre el objeto juzgado y el nuevo pleito- COSA JUZGADA-objeto y causa para pedir- EXCEPCIÓN- pronunciamiento de oficio sin haberse alegado- CONTRATO DE ARRENDAMIENTO-de bien comercial. Sentencia 0154. 05-07- 2005 Exp. 1493.
Indexación e intereses legale
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL-construcción de obra (edificios)- ACTIVIDAD PELIGROSA-construcción- REFORMATIO IN PEJUS-imposición de condenas adicionales no contempladas por el juzgado de primera instancia por concepto de indexación e intereses legales sobre los cánones de arrendamiento reclamados- CORRECCIÓN MONETARIA -corresponde a un aspecto implícito de la súplica resarcitoria- PRINCIPIO DE CONGRUENCIA indexación- INDEXACIÓN. Sentencia 0209. 12- 08-2005. Exp. 971401.
Incumplimiento del art. 522 del C. de Co
Responsabilidad Contractual. Desahucio. No releva al arrendador de indemnizar al arrendatario en el caso de incumplimiento del art. 522 del C. de Co. Desahucio. El incumplimiento de la finalidad habilita la posibilidad de indemnizar. Contrato de arrendamiento de local comercial. Para determinar la responsabilidad se siguen las reglas del Código Civil. Contrato de arrendamiento de local comercial. Solo es necesario el desahucio para que no haya la renovación de arriendos. Error de hecho. Por parte del tribunal, al considerar la crisis económica de 1997-1998 como un hecho previsible, para la época del desahucio -1994-. CAS. CIV. 14-04- 2008 Exp. 2300131030022001-00082-01
Obligación de mantenimiento de finca y engorde de animales
Contrato de arrendamiento. Obligación de mantenimiento de finca y engorde de animales son de cargo del arrendador pero la estipulación de las partes puede hacerlas de cargo del arrendatario sin que se quebrante la ley ni la esencia del contrato. El arrendatario debe pagar los arrendamientos en el lugar que era su domicilio cuando se celebró el contrato siguiéndose la disposición consignada en el inciso 2º del artículo 1646 del Código Civil. El arrendatario debe hacer uso de las cosas como buen padre de familia CAS. 20-11-1906 XVIII 70
La cesión del arrendamiento efectuada por el arrendatario
Contrato de arrendamiento. La cesión del arrendamiento efectuada por el arrendatario sin estar facultado para ello, no da derecho al arrendador para pedir la nulidad del contrato sino las acciones referentes a la infracción del arrendamiento (terminación o indemnización de perjuicios) pero no la nulidad del subarriendo o de la cesión del arrendamiento. CAS. 31-07-1915
XXV 105
Obligaciones recíprocas,
Contrato de arrendamiento. Éste contrato impone a las partes contratantes obligaciones recíprocas, y para que una de ellas pueda exigir de la otra su cumplimiento o indemnización de perjuicios, es necesario que la primera acredite plenamente que de su lado ha cumplido estrictamente sus deberes como contratante. CAS. 18-08-1915 XXVIII 349
Arrendatario puede renunciar a las formalidades del requerimiento
Contrato de arrendamiento. Arrendatario puede renunciar a las formalidades del requerimiento y del desahucio del contrato de arrendamiento pues las disposiciones que regulan este contrato no son de orden público ni existe disposición alguna que prohíba tal renuncia. NEG. GEN. 06- 12-1916 XXVI 67
Diferencias entre mandato, arrendamiento de obra
Contratos de servicios profesionales. Servicios profesionales a favor de terceros. Diferencias entre mandato, arrendamiento de obra y de servicios. CAS. CIV. 06-04-1959 XC 288.
Perjuicios por motivo de la desocupación
Contrato de arrendamiento de locales comerciales. El propietario del local comercial debe indemnizar al arrendatario los perjuicios que éste haya sufrido con motivo de la desocupación y entrega del local, cuando no dé el destino para el cual desahució al arrendatario, si éste, de otra parte, cumple los requisitos de la primera parte del artículo 518 del código de comercio a saber: a) es comerciante; b) ha ocupado el local comercial objeto del arrendamiento no menos de dos años consecutivos. CAS. CIV. 29-09-1978 CLVIII 235
Derecho de renovación
Contrato de arrendamiento de locales comerciales. Derecho de renovación del contrato frente al derecho del arrendador a hacer valer su terminación. Obligaciones que surgen para el propietario del inmueble arrendado que obtiene la restitución. CAS. CIV. 08-10-1997 Exp. 4818
Rescisión del contrato
Rescisión de contrato de arrendamiento de maquinaria y equipos- RESCISION- de contrato de arrendamiento de maquinaria y equipos- LEASING FINANCIERO-exclusión de responsabilidad por defectos de calidad y vicios redhibitorios- CONTRATO DE LEASING- naturaleza jurídica- VICIOS REDHIBITORIOS- CONTRATOS CONEXOS- COLIGACION NEGOCIAL. Sentencia 0227. 13-12-2002. Exp.6462.
Arrendamiento sobre vehículo
Contrato de transporte de mercancías. Contrato de arrendamiento sobre vehículo de transporte. Diferencias. Interpretación contractual. Deber del juez. CAS. CIV. 08-05-2001 Exp. 6669
Acciones intimidatorias de grupos al margen de la ley
RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL- las acciones intimidatorias de grupos al margen de la ley pueden llegar a ser previsibles en una situación contractual o negocial- FUERZA MAYOR-los actos terroristas no pueden calificarse inexorablemente como constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito- la imposibilidad relativa no permite calificar un hecho de irresistible- terminación de contrato de arrendamiento por fuerza mayor- FUERZA MAYOR- elementos estructurales- IMPREVISIBILIDAD-criterios para establecer el hecho imprevisible- DOCTRINA PROBABLE- CONTRATO DE ARRENDAMIENTO-terminación del contrato por fuerza mayor. Sentencia 0190. 26-07-2005. Exp. 656902.
El derecho de renovación del arrendatario
Contrato de arrendamiento comercial. El derecho de renovación del arrendatario no es absoluto, sino que permite la libre discusión de las reglas que gobernarán el contrato renovado. Renovación del contrato de arrendamiento comercial – no supone de modo ineludible la prolongación de las condiciones pactadas inicialmente. CAS. CIV. 27- 04-2010 Exp. 1100131030032006- 00728-01
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Responsabilidad extracontractual vehículo arrendamiento
Responsabilidad extracontractual por accidente de tránsito – que se predica del propietario inscrito en contrato de leasing – contrato de leasing – interpretación de la cláusula de restitución del automotor al locatario cuando se demanda la responsabilidad por accidente de tránsito ocasionado con un automotor dado en arrendamiento financiero – interpretación contractual – análisis de la responsabilidad solidaria de la compañía de leasing extracontractual por accidente de tránsito ocasionado con un automotor dado en arrendamiento financiero derivada de la cláusula de restitución – presunción de culpa – en materia de responsabilidad extracontractual ocasionada por accidente de tránsito -negación indefinida – no requiere prueba según lo indica el artículo 177 del Código De Procedimiento Civil. CAS. CIV. 11001-31-03-008-2002-09414-104-04-2013.
Responsabilidad contractual - Del arrendador respecto de subarrendatario
Responsabilidad contractual – Del arrendador respecto de subarrendatario por perturbar el uso y goce de un establecimiento educativo dado en arrendamiento. Prueba de la existencia real del daño. Oportunidad y trámite del reclamo de los perjuicios con ocasión de la práctica de medida cautelar. La responsabilidad civil y solidaria respecto de los daños irrogaDO por turbación en el goce de la institución educativa. La transgresión a las disposiciones de derecho sustancial. La prueba como elemento material del proceso (SC4958-2015; 28-04-2015)
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Responsabilidad contractual de la adjudicataria
Responsabilidad contractual – De la adjudicataria del contrato de arrendamiento en calidad de arrendadora ante la sociedad arrendataria por el no pago del reajuste del canon de arrendamiento. Enriquecimiento sin causa. Nulidad procesal indebida notificación(SC11332-2015; 27-08-2015)
La cesión del arrendamiento efectuada por el arrendatario
Contrato de arrendamiento. La cesión del arrendamiento efectuada por el arrendatario sin estar facultado para ello, no da derecho al arrendador para pedir la nulidad del contrato sino las acciones referentes a la infracción del arrendamiento (terminación o indemnización de perjuicios) pero no la nulidad del subarriendo o de la cesión del arrendamiento. CAS. 31-07-1915
XXV 105