La demanda_Noción
L
a demanda es el primer acto procesal, a cargo del actor, por virtud de la cual pone en movimiento la jurisdicción. Con ella se refleja el derecho de acción materializado en una pretensión que lleva consigo el reclamo del derecho subjetivo cuyo reconocimiento o reparación se pretende. Con la demanda, la pretensión, impone como objeto, una decisión judicial en la respectiva sentencia.
El retiro de la demanda
La promoción de la demanda hace parte del derecho fundamental del libre desarrollo de la personalidad (C. Pol. art. 16). Significa es libre del titular del derecho invocar la pretensión, retirarla del escenario jurídico, incluso, desistir de ella. Recuérdese que conforme con el articulo 15 del Código Civil colombiano:
“Podrán renunciarse los derechos conferidos por las leyes, con tal que sólo miren al interés individual del renunciante, y que no esté prohibida la renuncia.”
El retiro de la demanda está previsto en el artículo 92 del Código General del Proceso. De acuerdo con esta norma la demanda se puede retirar (continúa)