¿Qué es la confesión?
L
a confesión es la admisión de hechos propios del confesante que lo perjudican y benefician a su contraparte (CGP. Art. 191 y Ss). La manera como se hacen tales atestaciones ha permitido a la jurisprudencia calificar la confesión. De acuerdo con el contenido de los hechos confesados puede ser simple, cualificada o compuesta.
Confesión simple
Se presenta cuando el confesante admite un solo hecho, como lo plantea su contraparte. Como cuando en el interrogatorio a una pregunta asertiva responde: es cierto.
Confesión calificada
La confesión es calificada cuando el confesante acepta hechos con modificaciones o agregaciones que le dan un matiz o alcance diferente. Por ejemplo a la pregunta asertiva responde es cierto que celebramos el contrato, pero del precio solamente adeude una parte. Del mismo modo, es cierto que debo el dinero, pero su pago está sometido a una condición (…).
Confesión compuesta
Muchas veces en el interrogatorio el confesante no se limita a admitir el hecho por el cual se interroga, sino que además admite otros que no guardan relación íntima con el problema jurídico. Se confiesan varios hechos pero entre sí no existe una conexión íntima con la relación jurídica directa con lo que se investiga.
Los hechos pueden estar conectados entre sí pero individualmente difieren de lo preguntado. Por ejemplo, el confesante acepta que debe el dinero por el que se le pregunta. Pero también acepta deberle a un acreedor por la misma relación contractual que no es su demandante.
Divisibilidad e indivisibilidad de la confesión
En el caso de la confesión simple, por versar sobre un hecho puro o desnudo, no hay lugar a evaluar la posibilidad de su divisibilidad. En los otros supuestos, confesión calificada y compuesta, por contener unos componentes adicionales al hecho confesado, sí cabe tal examen.Se verificará si los hechos adicionales pueden desligarse de la confesión.
Fuente
CSJ, Sala Casación Civil, Sent. SC20185-2017, dic. 1/2017