Contrato a término fijo puede ser verbal
E
s cierto que el artículo 46 (Subrogado. Ley .50-90, art. 3º) establece la formalidad del escrito para los contratos a término fijo. Sin embargo, dado los principios proteccionistas de orden constitucional, puede ocurrir que la relación laboral nazca por acuerdo verbal. Lo que en manera alguna invalida la relación laboral.
Lo importante es que del acuerdo y la actividad encomendada surjan los elementos esenciales del contrato laboral. Los cuales, de acuerdo con el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, son:
- La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo;
- La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador,
- Un salario como retribución del servicio.
Mínimos formalismos del contrato laboral
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CSJ, Cas. Laboral, Sent., nov.29/84
[2] CSJ, Cas. Laboral, Sent.36035, abr.5/2011.