La sociedad de personas
S
e considera una sociedad de personas porque el affetio está dado por la confianza, conocimiento y afinidad entre los socios. Esa es la razón por la cual se consiente en crear la persona jurídica. Razón por la cual se les denomina intuitus personarum, donde las personas son la razón el elemento esencial para celebrar el contrato social.
Son sociedades de personas la colectiva y la comandita simple, donde la condición social de los socios constituye la razón de ente societario. Aunque, desde luego, el objeto social tenga una estirpe inminentemente mercantil, pero ese desarrollo y vocación económica se gestó por lo que representan los socios entre sí.
Los socios son los que llevan la dirección y el control de la sociedad y quienes emprenden el impulso de la actividad mercantil. Se utiliza el talento e ingenio de los asociados para conjuntamente ejecutar el objeto social. Por eso en la sociedad colectiva y en la comandita simple los socios tienen la representación de la sociedad y por virtud de dicha comunidad responden de manera solidaria e ilimitada.
La sociedad de capital
Se denomina intuitus rei donde el principal interés es el aporte y obtener rendimientos. Una vez se hace el aporte el socio es inadvertido por los demás, carecen de importancia, incluso, para terceros. Lo importante para este tipo de sociedades es su contribución, porque la actividad, regularmente, se desempeña por personal diferente.
La responsabilidad de los socios esta limitada al monto de sus respectivos aportes. Hacen parte de estás sociedades la comandita por acciones, la anónima y la sociedad por acciones simplificadas.
Sociedad de carácter mixto – personas y capital-
Se ha considerado de está naturaleza a la sociedad de responsabilidad limitada. Por la aproximación que tiene a las sociedades de personas y a las de capital; mas exactamente a la colectiva y a la sociedad anónima.
Su creación está motivada por la afinidad y lo que representan los socios entre sí, siendo ese el elemento subjetivo el que motiva la creación. Esta es una característica de las sociedades de personas. Sin embargo, el funcionamiento de la sociedad y el tema de responsabilidad tiene lugar conforme a las sociedades de capital.
Los socios no representan a la sociedad y su responsabilidad esta limitada al monto de los aportes.